Derecho irrenunciable

Garantía Legal

Si tu producto presenta fallas, defectos o no cumple con las características informadas, tienes seis meses para hacer valer tus derechos como consumidor.

6
meses
de garantía
🔧
OPCIÓN 01

Reparación gratuita

Reparación gratuita del producto en nuestro servicio técnico.

🔄
OPCIÓN 02

Cambio del producto

Reposición o cambio del producto, previa restitución del mismo.

💰
OPCIÓN 03

Devolución de dinero

Devolución de la cantidad pagada previa restitución del producto.

1Tus derechos en 6 meses

En caso que un producto adquirido en EL SITIO presentare fallas o defectos, no tuviere las características técnicas informadas, o hubiere sido despachado con daños o incompleto, el cliente tendrá derecho a optar, dentro de los 6 meses siguientes a su recepción, por alguna de las siguientes alternativas:

  • Reparación gratuita del producto.
  • Reposición o cambio del producto, previa restitución del mismo.
  • Devolución de la cantidad pagada, previa restitución del producto.

2Cómo ejercer la garantía

Para ejercer este derecho, el cliente deberá presentar el producto, junto con cualquier documento que acredite la compra, en nuestro módulo de Servicio de Atención al Cliente de la tienda.

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En caso de ser un producto de mayor volumen y el cliente necesite que sea retirado, debe contactarse con Servicio al Cliente para coordinar el retiro sin costo adicional, previa visita técnica que valide la necesidad del retiro. Esta opción sólo se entregará para productos que hagan uso de su garantía legal.

3Cuándo se considera falla o defecto

De acuerdo a lo previsto en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores, se considerará que existe una falla o defecto:

Cuando los productos sujetos a normas de seguridad o calidad de cumplimiento obligatorio no cumplan las especificaciones correspondientes.

Cuando los materiales, partes, piezas, elementos, sustancias o ingredientes que constituyan o integren los productos no correspondan a las especificaciones que ostenten o a las menciones del rotulado.

Cuando cualquier producto, por deficiencias de fabricación, elaboración, materiales, estructura, calidad o condiciones sanitarias, no sea enteramente apto para el uso o consumo al que está destinado o al que el proveedor hubiese señalado en su publicidad.

Cuando el proveedor y consumidor hubieren convenido determinadas especificaciones y esto no ocurra.

Cuando, después de la primera vez de haberse hecho efectiva la garantía y prestado el servicio técnico, subsistieren las deficiencias. Este derecho subsistirá si se presentara una deficiencia distinta o se repitiera la misma, dentro de los 3 meses contados desde la recepción del producto.

Cuando la cosa objeto del contrato tenga defectos o vicios ocultos que imposibiliten el uso al que habitualmente se destine.

Cuando la ley de los metales en los artículos de orfebrería, joyería y otros sea inferior a la indicada.

4Bienes compuestos

Para los efectos de esta sección, se considerará que es un solo bien aquel que se ha vendido como un todo, aunque esté conformado por distintas unidades, partes, piezas o módulos, no obstante que éstas puedan o no prestar una utilidad en forma independiente unas de otras.

Sin perjuicio de ello, tratándose de la reposición del producto, ésta se podrá efectuar respecto de una unidad, parte, pieza o módulo, siempre que sea por otra igual a la que se restituye.

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Sin perjuicio de que LA EMPRESA procura mantener actualizados estos términos y condiciones conforme a las modificaciones legales y reglamentarias que se impartan, siempre habrán de primar las exigencias legales y reglamentarias.

5Artículo 21 — Ley N° 19.496

Plazo y condiciones

El ejercicio de los derechos que contemplan los artículos 19 y 20 deberá hacerse efectivo ante el vendedor dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que se haya recibido el producto, siempre que éste no se hubiere deteriorado por hecho imputable al consumidor.

Si el producto se hubiere vendido con determinada garantía, prevalecerá el plazo por el cual ésta se extendió, si fuere mayor.

Reparación: a quién dirigirse

El consumidor que opte por la reparación, podrá dirigirse, indistinta o conjuntamente, al vendedor, al fabricante o al importador. Hecha la opción, el requerido no podrá derivar el reclamo.

Serán solidariamente responsables por los perjuicios ocasionados al consumidor, el proveedor que haya comercializado el bien y el importador que lo haya vendido o suministrado.

En caso de que el consumidor solicite la reparación sólo al vendedor, éste gozará del derecho de resarcimiento señalado en el artículo 22.

Devolución del dinero

Tratándose de la devolución de la cantidad pagada, la acción no podrá intentarse sino respecto del vendedor.

El plazo para ejercer la acción se contará desde la fecha de la correspondiente factura o boleta y no se suspenderá en caso alguno.

Si tal devolución se acordare una vez expirado el plazo a que se refiere el artículo 70 del DL N° 825 de 1974, el consumidor sólo tendrá derecho a recuperar el precio neto del bien, excluidos los impuestos.

Lugar para hacer efectivos los derechos

El vendedor, fabricante o importador deberá responder al ejercicio de los derechos en el mismo local donde se efectuó la venta o en las oficinas o locales en que habitualmente atiende a sus clientes, no pudiendo condicionar el ejercicio de los referidos derechos a efectuarse en otros lugares o en condiciones menos cómodas para el consumidor que las que se le ofreció para efectuar la venta, salvo que éste consienta en ello.

Productos perecibles y suspensión del plazo

En el caso de productos perecibles o destinados a ser usados o consumidos en plazos breves, el término será el impreso en el producto o su envoltorio o, en su defecto, el término máximo de siete días.

El plazo de la póliza de garantía y el de los seis meses se suspenderán durante el tiempo en que el bien esté siendo reparado en ejercicio de la garantía.

Pólizas y prueba

Tratándose de bienes amparados por una garantía otorgada por el proveedor, el consumidor, antes de ejercer alguno de los derechos del artículo 20, deberá hacerla efectiva ante quien corresponda y agotar las posibilidades que ofrece, conforme a los términos de la póliza.

La póliza de garantía producirá plena prueba si ha sido fechada y timbrada al momento de la entrega del bien. Igual efecto tendrá aunque no haya sido fechada ni timbrada, siempre que se exhiba con la correspondiente factura o boleta de venta.

Para ejercer estas acciones, el consumidor deberá acreditar el acto o contrato con la documentación respectiva, salvo en casos en que el proveedor tribute bajo el régimen de renta presunta, en los cuales podrá ser acreditado mediante todos los medios de prueba conducentes.

¿Tu producto presenta una falla?

Acércate a nuestra tienda con tu boleta o coordina la revisión escribiéndonos.

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